Sepan cuantos esta sentencia inquisitorial vieren como nosotros, el Tribunal de la Santa Inquisición, reunido en capitulo en la abadia de San Suse, iluminados por el Espiritu Santo y con las certezas que emanan del Creador, reunidas todas las pruebas y probanzas contra el abad aqui juzgado debemos sentenciar y sin error alguno debe sentenciarse:
Que Dios Nuestro Señor estableció bajo la Bula Monachis Limitis un limite en el numero de monjes que un abad puede reunir en su abadia, representado este limite por el numero de monjes otorgado por la tenencia del libro De Capacitate Cubiculi y el Dormitorio, siendo este de total 56, y sólo aquellos abadias a los que perteneciese un obispo, cardenal o el Papa mismo podrían disponer de un numero mayor de monjes, hasta un total de 59.
E otrosi como probanza de la dicha Bula la citamos:
∙Bula Monachis Limitis (del Número de Monjes): Prohíbe tener más monjes que los que permite la cuenta en función del edificio dormitorio y del libro De Capacitate Cubiculi.
Las Bulas de la Cristiandad son premisas esenciales, Verdades Esplendorosas y Luminarias que deben guiar a los buenos cristianos, y a los buenos abades, sobre manera y por encima de todo, deben ser ineludibles para aquellos que se consideran así mismos como representantes de la Verdad y que se arrojan para si los bellos honores de la Justicia.
Pero se cae en la Herejia cuando un buen abad se desvia de las Bulas y Decretales y se yergue altivo sobre las leyes creyendose por encima de la Santa Madre Iglesia y el Hijo, creyendose por encima del Padre Mismo. Y quiere Dios que toda desviación sea cercenada y toda herejia perseguida pues ya lo dice San Ireneo: 'Al hereje, se le combate'.
Dice Dios, Que Todo lo Puede y Todo lo Sabe:
Dios Padre en Su Infinita Gloria escribió:... los abades de la Cristiandad no están por encima de las Bulas de la Iglesia, aquellas que se emitieron bajos los pontificados de San Adulfo I, San Adulfo II, San Adulfo III y San Damaso I tampoco deben situarse más allá de las que Yo emita bajo mi OmniPotencia ni estarán por encima de todas aquellas que se emitan. ¿Acaso deben pensar que son mejores que el resto de abades? Sólo Él Hijo, y Yo Mismo podemos Juzgar lo que es bueno y separar el Grano de la Paja, solo Nosotros damos Luz, porque somos la Luz, solo nosotros damos Justicia porque somos la Justicia, solo nosotros somos Inmunes a la Ley, porque somos La Ley. Todo abad que no quiera cumplir las Bulas y no entienda lo dicho por Mi en mi Omnipotencia deberá someterse a la Cuestión Inquisitorial o bien cerrar las puertas de su abadia y colgar los habitos
Y dicen el Padre y el Hijo
Dios y el Hijo escribió:Las Herejias causan Dolor y Daño. Dolor, porque toda Herejia es un puñal que se clava en Nuestro Sagrado Corazón. Daño, por que sangramos y lloramos por cada alma que se descarría. Toda vez que la justicia debe aplicarse con Fuego nos duele, pues en vez de dedicar los quehaceres de la Providencia a asuntos de mayor importancia, hemos de bajar al ruidoso Mundo de lo profano con la Espada en una mano y las Escrituras de la otra.
Ha querido la Divina Providencia iluminar a este Santo Tribunal que todo lo Puede bajo sus designios y conocer que dicha bula ha sido quebrantada en la abadia de Escuitas, sita en Al Andalus, donde residen hasta un total de 58 monjes, distribuidos de entre Monjes y Novicios, fuera y dentro de la citada abadia, rompiendo el citado abad la dicha bula y quebrantandola.
No es está la primera ocasión en el que el citado abad es penado por Dios Padre y el Hijo pues ya fue castigado por el uso del bug de las Ovejas como puede verse en el hilo
Sanciones
por lo cual en virtud y vigor de la Normativa de Abbatia que dice:
Normativa del Juego escribió:∙Infracción moderada y/o segunda infracción cometida: Siete días de bloqueo de cuenta de juego y/o siete días de baneo del foro de Abbatia. Así como petición a Abbatia de sanciones paralelas y/o alternativas (desgracias, etc…)
este Santo Tribunal debe sentenciar de la siguiente forma:
Nosotros, el Tribunal de la Santa Inquisición, facultados por las atribuciones que nos han sido otorgadas damos por probado y verificado por Dios Padre que la abadia de Escuitas y su abad han infringido la Bula Monachis Limitis, siendo la segunda vez que dicha abadia recae en el uso de ilegalidades en el juego. Por ello y ante la Cruz y el Inmaculado Corazón de la Virgen Maria sancionamos a la abadia de Escuitas, no sin pena y dolor, a la pena de siete dias de bloqueo que se haran efectivos en este mismo momento.
No condenamos a dicho abad a mayor sentencia que la ya dicha de los Siete Dias y, claro, las consecuencias derivadas del dicho bloqueo: Enfermedad y muerte de monjes, suyos e invitados, posibles derrumbres, perdidas economicas y deterioro.
Deberá ser el dicho abad quien, transcurrido el plazo de los 7 días proceda a expulsar a los monjes, que se dejan a su elección para lo cual se le da un plazo razonable de 8 dias adicionales. Transcurridos los 8 dias, el Tribunal acudira ante Dios Padre para certificar que el numero de monjes que dicha abadia posee es el correcto; 56
Finaliza esta Setencia con la siguiente admonición y aviso, que el citado abad de Escuitas debe tener en consideración que es la que sigue:
Normativa de Abbatia escribió:Infracción grave y/o tercera infracción cometida o reiteradas infracciones sistemáticas: Eliminación de la cuenta de usuario y/o baneo del foro de Abbatia de la cuenta de usuario así como cualquier otras cuentas asociadas a su IP.
es decir, que la tercera infracción cometida, supondrá la erradicación de su abadia de la Cristiandad, cayendo sobre dicha comunidad la Ira de Dios que enviará los Cuatro Jinetes portadores de la Muerte que acabaran con todo signo de vida.
Este Tribual de la Santa Inquisición vuelve a poner la otra mejilla. Dios Padre y el Hijo mismo ponen de nuevo su mejilla.... esperemos que no haya una tercera bofetada.

